Cuando se va a hacer una inversión financiera (acciones, depósitos, bonos, etc.) hay que tener en cuenta que la ganancia a obtener suele ser inversamente proporcional al riesgo que estamos dispuestos a asumir. Así, si una inversión «promete» un tipo de interés alto, normalmente lo que ocurre es que la posibilidad de pérdida, en su caso, suele ser muy alta.

Los inversores con aversión al riesgo suelen optar por inversiones seguras, que garantizan un tipo de interés, aunque como ocurre en estos momentos, sea muy bajo, debido a la política monetaria del Banco Central Europeo.
Y no está lejos, de seguir como están los tipos de interés, en que veamos que invertimos en un depósito a un año en una entidad bancaria y nos ¡cobren!, en vez de, como ha ocurrido hasta ahora, nos den un diferencial positivo de lo depositado.
Pero hay que tener claro que supongamos que compramos una obligación a 3 años, con los tipos bajos o negativos actuales (supongamos que a 0,5% anual) y, posteriormente, al año medio de la inversión subieran los tipos de interés y necesitáramos recuperar la inversión, esa inversión no costará lo mismo, sino que perderemos algo de dinero, ya que quien lo vaya a comprar tendrá mejores ofertas en el mercado, con esa subida de tipos de interés.
No obstante, hay que precisar que si mantenemos la inversión hasta el final contratado, nos tendrán que abonar el 0,5% anual pactado. Esto no cambia, pero que, dependiendo de lo que suceda con los tipos de interés, la inversión durante esos 3 años, fluctúa su valor. Ese tipo fijo, no parece tan fijo.

En el caso de operaciones de un importe inferior a 30 euros (y con un límite en el gasto total de 50 euros), se podrán acordar con los consumidores que, algunas de las obligaciones anteriores, no se apliquen, con el fin de facilitar el tráfico comercial.